Contpaq Solución de captura y errores de timbrado Complemento de nómina 1.2 SAT

Imprimir Escrito por Administrator Lunes, 16 de Enero de 2017 19:07

Solución de Captura y Errores con

el timbrado del complemento 1.2


 

Introducción:


 

En esta nota técnica encontrarás información sobre situaciones y la respuesta a dudas que han surgido referentes al timbrado con el complemento de nómina 1.2.

 

Las consultas más frecuentes están relacionadas con los temas:

 

*Atributo SalarioDiarioIntegrado


*El método de pago "NA"


*Tipo de periodo decenal


*Horas extras


*Validación del RFC de empleados, entre otros.

 

 

Llenado del atributo

Salario Diario Integrado en el XML

 


 

El documento Complemento de nómina 1.2, publicado por el SAT en http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/factura_electronica

/Documents/Complementoscfdi/nomina12.pdf, indica lo siguiente:

 

 

En CONTPAQi® Nóminas, el valor del atributo SalarioDiarioIntegrado se tomará de:

 

El campo "Salario base liquidación" de la pestaña Días, Sueldos y Salarios del catálogo del empleado.

 


 

* Para el timbrado del sobre-recibo correspondiente a un finiquito, este atributo tendrá el valor del importe que contenga el campo "Salario base finiquito".

 

 

 

* Si no tienes capturado el campo "Salario base liquidación" del catálogo de empleados, entonces el valor del atributo SalarioDiarioIntegrado será:


1.Si la base de cotización del empleado es fija o mixta: Toma el salario diario.

 


 

2. Si la base de cotización del empleado es variable: Toma el salario variable.


 


 

Así que si deseas reportar el importe del salario diario integrado para que sea el que se incluya en el XML como valor del atributo SalarioDiarioIntegrado, podrás capturarlo en el campo "Salario base liquidación".


 

Los pasos para capturar este dato son:


1. Ingresa al catálogo de empleados y selecciona al empleado correspondiente


2. Ve a la pestaña Días, Sueldos y Salarios


3. Captura el importe en el campo "Salario base liquidación"


4. Guarda los cambios

 

 

Método de pago "NA"

 

 


Para el complemento de nómina 1.2, también se especifican validaciones que se deben realizar en los datos del comprobante CFDI, unas de estas validaciones es la del método de pago. Para los comprobantes de nómina, este atributo debe tener el valor “NA”.


Puedes encontrar esta información en:


http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/factura_electronica

/Documents/Complementoscfdi/nomina12.pdf


 


 

En el XML se mostrará el valor "NA" en el atributo metodoDePago del comprobante.

 


 

Este cambio requerido para el complemento de nómina 1.2  ha generado dudas sobre el motivo por el cual no se envía la opción que se tiene seleccionada en el campo método de pago dentro del catálogo de empleados.

 

Recordemos que el campo "Método de pago" del catálogo de empleados es utilizado para el pago de la nómina y las dispersiones, pero ahora ese valor 02, 03, 28, etc. ya no se verá reflejado en el comprobante, por la regla de validación antes mencionada.

 


 

Te sugerimos revisar también el resto de las validaciones que se realizan para los datos del comprobante, ya que hay cambios en otros atributos, por ejemplo, en la descripción del concepto.


Ahora, el valor que debe contener el atributo descripcion es: "Pago de nómina".

Puedes encontrar esta información en:

http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/factura_electronica

/Documents/Complementoscfdi/nomina12.pdf

 


 

 

 

En el XML, el atributo descripcion contendrá el texto"Pago de nómina".

 


 

Tipo de periodo Decenal

 

 

 

Para el complemento de nómina 1.2, el atributo PeriodicidadPago debe contener una de las claves especificadas en el catálogo de tipos de periodicidad.

http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/factura_electronica

/Documents/Complementoscfdi/nomina12.PDF


 

 

 

Podrás encontrar publicado el catálogo en el archivo "catNomina.xls", dentro del link:  http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/factura_electronica

/Paginas/complemento_nomina.aspx

Actualmente en este catálogo no se contempla la periodicidad Decenal, por lo cual te sugerimos verificar con tu fiscalista para que elijas la periodicidad ordinaria que más se adapte a la periodicidad de pago que manejas.

 

 

 

Recuerda que el tipo de periodicidad 99 (Otra periodicidad) está considerado para nóminas extraordinarias.

 

 

 

Horas extras

 

 

Si manejas horas extras, para el complemento de nómina 1.2, es necesario:

Registrar las horas extra en la prenómina de días y horas.


En el concepto de percepción utilizado para las horas extras, debes asignar la clave agrupadora P019, así como indicar los tipos de horas extra que se manejarán. Recuerda que los tipos de horas extras que son reconocidas por el SAT son sencillas, dobles y triples.


Dentro del XML se generará el nodo correspondiente a las horas extra, en el cual, el atributo HorasExtra solamente acepta enteros y el valor mínimo es 1.

Puedes encontrar esta información en el link:

http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/factura_electronica

/Documents/Complementoscfdi/nomina12.pdf


 


 

Al registrar las horas extras en la prenómina de días y horas, el sistema te permite registrar un valor con decimales, está abierto debido a la interfaz con relojes checadores. Y para la creación del XML, internamente se realiza un redondeo para que el valor del atributo HorasExtra  corresponda a un entero.

Se tiene detectada una situación muy específica en la que se presenta un error al intentar timbrar cuando se registró un valor 0.30 o menor para la hora extra. El sistema redondea a 0 y este no es un valor admisible para el atributo HorasExtra.

Es importante aclarar que se trata de una situación muy específica y mencionar que estamos trabajando en una solución definitiva para este caso.

 

Validación del RFC

del empleado


 

 

Recuerda que para poder timbrar con el complemento de nómina 1.2 se realiza la validación del RFC del empleado, el cual debe estar en la lista de los RFC inscritos no cancelados en el SAT.

http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/factura_electronica

/Documents/Complementoscfdi/nomina12.PDF

 

 

 

Si al realizar el timbrado de la nómina, el sobre-recibo no fue timbrado y en la bitácora muestra el error:

 


 

Revisa lo siguiente:

1. Verifica que el RFC del empleado sea válido, es decir, que sea correcto y se encuentre registrado en el SAT, puedes apoyarte en el módulo de Conciliación de RFC vs. SAT.

2. Si el RFC resultó válido, revisa si fue registrado recientemente en el SAT, en este caso te  recomendamos esperar a que se actualice la lista de los RFC inscritos no cancelados en el SAT, para que pueda timbrarse dicho sobre-recibo.

 

 

Datos de pago

 

 

Si realizas el pago mediante transferencia de fondos, verifica que los campos Número de cuenta para pago electrónico o Clabe interbancaria, según pagues, tengan la longitud correcta y el dato correspondiente.

En el complemento de nómina 1.2 se agregan validaciones respecto a estos datos:


http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/factura_electronica

/Documents/Complementoscfdi/nomina12.PDF


 

 

 

Podrás encontrar publicado el catálogo de bancos en el archivo "catNomina.xls", dentro del link:


http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/factura_electronica

/Paginas/complemento_nomina.aspx

 

NOTA:

Si tienes capturados ambos campos (Número de cuenta para pago electrónico y Clabe interbancaria), para crear el atributo CuentaBancaria en el XML, el sistema dará prioridad al campo Clabe interbancaria.

 

 


 

De acuerdo a las validaciones del complemento, si el atributo CuentaBancaria tiene longitud de 18 caracteres, no se generará el atributo Banco.

 

Esto se debe a que la Clabe interbancaria ya contiene todos los datos necesarios para identificar el banco y cuenta donde se depositará el pago del empleado. La estructura de la clabe interbancaria es la siguiente:

 

 


 

Ten en cuenta que sólo se enviará la clave del Banco al XML cuando se tenga capturado el campo Número de cuenta para pago electrónico.

 

 

 

 

 

Viáticos

 

 

Si incluyes viáticos en el pago de la nómina, ten en consideración las validaciones correspondientes a este tema, relacionadas al uso de la clave 003 Viáticos (entregados al trabajador), del catálogo de Otros Pagos; así como las nuevas claves del SAT 050  (Viáticos) del catálogo de percepciones y 081 (Ajuste en Viáticos anticipados) del catálogo de deducciones.

 

Esta información se encuentra en la guía de llenado para el complemento 1.2, en el link:

http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/factura_electronica

/Documents/Complementoscfdi/guianomina12.pdf

 


 

Podrás encontrar publicados los catálogos de percepciones, deducciones y otros pagos, en el archivo "catNomina.xls", dentro del link:


http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/factura_electronica

/Paginas/complemento_nomina.aspx

 

Revisa estas validaciones para que puedas identificar cuándo aplica el uso de estas claves.

 

 

Nuevas claves del SAT

 

 

El SAT incluyó nuevas claves agrupadoras, la clave 050 en el catálogo de percepciones y  las claves 024 a la 099 en el catálogo de deducciones.


Podrás encontrar publicados estos catálogos en el archivo "catNomina.xls", dentro del link:


http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/factura_electronica

/Paginas/complemento_nomina.aspx

 

Dentro de CONTPAQi® Nóminas es posible seleccionar estas claves en la configuración de los conceptos.

Sin embargo, actualmente no sería posible realizar el timbrado de los sobre-recibos que tengan conceptos asociados a las nuevas claves, ya que no están incluidas en el XSD.


La bitácora mostrará el siguiente mensaje:

“El valor del atributo Nomina.Deducciones.Deduccion.TipoDeduccion no cumple con un valor del catálogo c_TipoDeduccion.”


Te recomendamos utilizar estas claves agrupadoras hasta que estén incluidas también en el XSD.

 

Para mayor referencia consulta el link:


http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/factura_electronica

/Paginas/complemento_nomina.aspx

 

 

Ajuste al neto y

subsidio al empleo

 

 

En el complemento de nómina 1.2  no es posible registrar importes en negativo.

Puedes encontrar esta información ene el link:


http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/factura_electronica

/Documents/Complementoscfdi/nomina12.PDF

 


 

Ha surgido la duda respecto a si el sistema CONTPAQi® Nóminas está permitiendo el timbrado con importes negativos en los conceptos de ajuste al neto y subsidio al empleo.

Aclaramos que el sistema no está timbrando importes negativos, te describo a continuación qué sucede con estos dos conceptos.

 

 

1. Ajuste al neto:

 

Cuando el Ajuste al neto es positivo se respeta la clave de deducción 004, pero cuando el importe es negativo no puede quedar como deducción porque no se podría timbrar el recibo.


Por ese motivo, cuando el ajuste al neto es negativo,  el sistema lo genera como positivo y lo clasifica como Otro Pago para conservar la integridad de los importes totales del recibo.

Si revisamos la descripción de la clave 999 del catálogo de otros pagos del SAT indica:

 

 

 


Como tal el ajuste al neto es el resultado de los cálculos finales de las percepciones y deducciones, por lo cual, se considera un pago que no debe considerarse como ingreso por sueldos, salarios o ingresos asimilados.

Por ese motivo en el sistema cuando el ajuste al neto se encuentra en negativo, se clasifica automáticamente con la clave OP999 del SAT.

 


 

Así mismo, el sistema tiene la facilidad para que el ajuste al neto no se integre como parte de los recibos de nómina, si así lo decide el usuario.

 

2. Subsidio al empleo

 

En el complemento de nómina 1.2, el subsidio al empleo es considerado “Otro Pago”, con la clave agrupadora 002, como lo indica el catálogo de Tipo otro pago.

 


 

 

En el sistema, el subsidio se ve reflejado como deducción en negativo, sin embargo, para el timbrado del sobre-recibo, el sistema en automático lo toma como OP002 con el importe positivo.

 


 

 

Lugar de expedición


 

Para el complemento de nómina 1.2, el atributo LugarExpedicion, que es parte del comprobante, debe llevar el valor del código postal del lugar de expedición del comprobante, de acuerdo con el catálogo de códigos postales (c_CodigoPostal) publicado por el SAT.


http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/factura_electronica

/Documents/Complementoscfdi/nomina12.PDF

 


 

En el sistema puedes capturar el código postal desde:


* El catálogo de empresas


* El catálogo de registros patronales


​Desde el catálogo de empresas:


 


Desde el Registro Patronal:

 


 

 

En el sistema se tomará como prioridad el código postal capturado en la empresa.

Si manejas código postal por Registro Patronal y ya tienes este dato capturado, evita capturar el dato de código postal en el catálogo de la empresa, para que en el XML se envíe el código postal del Registro Patronal.


Recuerda que debe ser un código postal válido de acuerdo al catálogo de códigos postales publicados por el SAT.

 

 

Timbrado de

Sobre-recibos en Cero

 

Considera que en CONTPAQi® Nóminas, para el complemento de nómina 1.2, no se timbran sobre-recibos en cero (con todas las percepciones, otros pagos y deducciones en ceros), como los recibos de empleados con incapacidad en todo el periodo (p.ej. Incapacidad por maternidad); si dentro del periodo se da el caso mencionado, al momento del timbrado la bitácora indicará los recibos que no han sido timbrados.

Los sobre-recibos que incluyen percepciones, otros pagos y/o deducciones con importes mayores a cero, serán timbrados, siempre que la suma de las percepciones más otros pagos menos las deducciones, sea mayor o igual a cero.

 

Recomendación para el

manejo de decimales


 

En CONTPAQi® Nóminas te recomendamos realizar el cálculo de la nómina con base a dos decimales, para garantizar que los importes de los conceptos se generen de acuerdo a los requerimientos del complemento de nómina 1.2.

En este complemento se utiliza el tipo de dato t_ImporteMXN, el cual es un tipo de dato definido para expresar importes en moneda nacional MXN con fracción de dos decimales y para el cual no se permiten negativos.

 


 

Puedes encontrar la definición de los tipos de dato en el archivo tdCFDI.xsd, del link​​:


http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/factura_electronica

/Paginas/complemento_nomina.asp

 


Última actualización el Miércoles, 18 de Enero de 2017 18:10